Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0158/2013-RCA
Fecha: 01-Ago-2013
I.2. Derechos, garantías y principios supuestamente vulnerados
El accionante estima vulnerados sus derechos al debido proceso, a la tutela judicial efectiva, a la garantía de la “seguridad jurídica” y principios a la verdad material, a la congruencia y a la legalidad, citando al efecto los arts. 9.4, 13.II, 14.III.IV y V, 115, 122 y 128 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos, garantías y principios supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- improcedente in limine
- Fragmento 6
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- de la excepción al principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional, es que debe existir la inminencia de un daño y que el mismo sea irreversible o irreparable, ya sea agravando una lesión ya consumada o que producto de esa acción este latente un peligro o amenaza de restringir o suprimir otros derechos fundamentales
- II.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR