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    AUTO CONSTITUCIONAL 0173/2013-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0173/2013-RCA

    Fecha: 09-Ago-2013

    2°

    2°     Disponer que el Tribunal de garantías otorgue el plazo de setenta y dos horas para subsanar los requisitos observados, y en caso de ser subsanado proceda a admitir la acción de amparo constitucional, sometiendo la causa al trámite conforme a procedimiento en audiencia pública de consideración y se falle según corresponda en derecho.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
    • improcedencia
    • Fragmento 4
    • II.1. Marco normativo constitucional y legal
    • considerar como actos consentidos aquellos que han sido reclamados en reiteradas oportunidades, cuando se estaba vulnerando sus derechos
    • Fragmento 7
    • II.3.
    • II.4.
    • II.4.1.   Cumplimiento de los requisitos de admisión (art. 33 del CPCo)
    • 2°

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