Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2013-CDP-SL
Fecha: 20-Ago-2013
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Liquidadora Transitoria, en virtud de lo previsto en el art. 20.II de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2012; en revisión, resuelve: CONFIRMAR el Auto de 24 de mayo de 2013, cursante de fs. 162 a 165, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Cochabamba; en consecuencia,
- Guely Sara Ramírez Choque
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- I.2. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2. En cuanto a la calificación de daños y perjuicios
- II.3. Responsabilidad a efectos de resarcir el daño ocasionado
- II.4. Aplicación al caso en análisis
- a)
- CONFIRMAR