Partes: Pedro Urioste Requena
Partes: Pedro Urioste Requena en representación legal de la empresa “AGRICHEM” S.A. contra Teresa Lourdes Ardaya Pérez y Johnny Vaca Diez Vaca Diez, Vocales de la Sala Penal Primera y de la Sala Social y Administrativa, respectivamente, de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz; y, Fernando Orellana Medina, Juez Tercero de Instrucción en lo Penal del mismo Distrito Judicial -ahora departamento-.
- Partes: Pedro Urioste Requena
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- REVOCA
- Fragmento 4
- un voto disidente implica un desacuerdo que incide y se traduce en el decisum o decisión, o en una ratio decidendi o rationes decidendis,
- hasta que en el procedimiento extrapenal la sentencia adquiera la calidad de cosa juzgada
- el litigio pendiente debiera existir antes
- II.3. La misión del Tribunal Constitucional Plurinacional, considerando el voto popular del soberano
- comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar esos derechos reconocidos por la Constitución Política del Estado
- en el Estado Plurinacional de Bolivia, la dimensión del debido proceso en cuanto a sentencias judiciales, exige que éstas, sean justas y aseguren el valor igualdad, aspectos que las tornará razonables y respetuosas del bloque de constitucionalidad imperante
- Fragmento 11
- a)
- la acción penal para la investigación del hecho, su juzgamiento y la imposición de una pena o medida de seguridad
- CONFIRMAR
