Partes: Willy Llave Valencia, Lindaura Osinaga Rico de Vargas
Partes: Willy Llave Valencia, Lindaura Osinaga Rico de Vargas en representación del Mercado “Salvador Sánchez” contra Verónica Berrios Vergara, Alcaldesa a.i., Juan Nacer Villagómez Ledesma, Domingo Martínez Cáceres, Antonio Germán Gutiérrez Gantier, Arminda Corina Herrera Gonzáles, José Santos Romero Mostacedo, Lindaura Lourdes Millares Ríos, Marlene Rosales Valverde, Vladimir Milán Paca Lezano, Mirian Susy Barrios Quiroz, Norma Rojas Salazar y Nelson Amílcar Guzmán Fernández; todos Concejales del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre.
- Partes: Willy Llave Valencia, Lindaura Osinaga Rico de Vargas
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- REVOCAR
- Fragmento 4
- un voto disidente implica un desacuerdo que incide y se traduce en el decisum o decisión, o en una ratio decidendi o rationes decidendis,
- II.2. El cumplimiento indiscutible de la ley por parte de los servidores públicos y los demás ciudadanos
- La ley será de cumplimiento obligatorio desde el día de su publicación
- II.3. El principio de reserva legal o reserva de la ley, como límite al ejercicio de los derechos fundamentales
- a)
- b)
- c)
- REVOCA
