SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0794/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0794/2013-L

Fecha: 08-Ago-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El Juez cautelar, por Auto 361/2011 de 2 de julio, rechazó la oposición de la excepción de falta de acción y el incidente por actividad procesal defectuosa absoluta, fundados en la falta de cumplimiento de los requisitos previstos por el art. 120 del Código de Procedimiento Penal (CPP), en las actas de intervención en las cuales se superpuso la inscripción manual de datos con lápiz y bolígrafo; y, dispuso a su vez, la detención preventiva de ambos en el penal de “San Pedro” de La Paz, por considerar que cumplirían los presupuestos previstos por el       art.233. 1 y 2 del mismo cuerpo legal; ante lo cual, interpusieron el recurso de apelación incidental que fue resuelto mediante Resolución 185/2011 de 30 de agosto, por la Sala Penal Tercera, que declaró probado dicho incidente y revocó la resolución recurrida, disponiendo que el Juez ahora demandado emita uno nuevo, fundamentando y motivando su decisión, debiendo reinstalar la audiencia de medidas cautelares y resolver su situación jurídica dejando sin efecto dicha detención, al haber sido anulada la Resolución que la impuso, determinaciones que incumplió al haber transcurrido más de dos meses sin efectivizarlas, señalando por ello estar indebidamente detenidos.