Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0798/2013-L
Fecha: 08-Ago-2013
REVOCAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Liquidadora Transitoria, en virtud de lo previsto en el art. 20.II de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 9 de 24 de noviembre de 2011, cursante de fs. 48 vta. a 51 vta., pronunciada por el Juez Segundo de Sentencia Penal del Distrito Judicial -ahora departamento- de Oruro, y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, en aplicación de la acción de libertad innovativa, sin disponer el señalamiento de nuevo día y hora de audiencia de consideración de cesación a la detención preventiva, en razón a que la misma ya fue fijada de oficio por la propia autoridad judicial demandada.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- III.2. La acción de libertad innovativa
- en la Sentencia que pronuncie debe realizar una declaración sobre la efectiva existencia de lesión al derecho a la libertad física o personal, aunque la misma hubiera desaparecido
- Fragmento 15
- puede acudir directamente a la acción de libertad, o en su defecto antes de interponer esta acción tutelar, puede formular recurso de reposición
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR