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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0820/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0820/2013-L

    Fecha: 09-Ago-2013

    II.2.

    II.2.  Memorial presentado por el accionante el 25 de agosto de 2011, por el cual solicita se señale nuevo día y hora de audiencia, para la consideración de la cesación de su detención preventiva (fs. 28); misma que mereció decreto de 26 del mismo mes y año, por el cual se fija audiencia para el 19 de septiembre del señalado año (fs. 29 ).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • “procedente”
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
    • III.2.  El principio de celeridad y su vinculación con el debido proceso
    • III.3.
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • b) Se fije la audiencia en una fecha alejada, más allá de lo razonable o prudencial. Plazo que puede ser en un límite de tres o cinco días máximo, dependiendo de la particularidad de cada caso,
    • CONFIRMAR
    • 2º

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