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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0820/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0820/2013-L

    Fecha: 09-Ago-2013

    II.3.

    II.3.  Memorial presentado por el demandante de 19 de septiembre de 2011, por el cual solicita nuevamente el señalamiento de audiencia de consideración de cesación a su detención preventiva (fs. 30 vta.) fijándose la misma -por decreto de 20 del referido mes y año- para el 7 de octubre del mismo año (fs. 32).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • “procedente”
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
    • III.2.  El principio de celeridad y su vinculación con el debido proceso
    • III.3.
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • b) Se fije la audiencia en una fecha alejada, más allá de lo razonable o prudencial. Plazo que puede ser en un límite de tres o cinco días máximo, dependiendo de la particularidad de cada caso,
    • CONFIRMAR
    • 2º

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