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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0841/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0841/2013-L

    Fecha: 14-Ago-2013

    II.2.

    II.2.  Mediante memorial de 27 de octubre de 2011, el accionante, solicitó ante el Presidente y Vocales de la Sala de Apelaciones y Consulta del Tribunal Supremo de Justicia Militar, libertad provisional, señalando que de acuerdo al art. 70 del CPPM, ésta puede ser solicitada en cualquier estado de la causa (fs. 11 y vta.).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • concedió en parte
    • I.3. Consideraciones de la Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
    • III.3. La celeridad en las actuaciones procesales y el hábeas corpus -ahora acción de libertad- traslativo o de pronto despacho
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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