Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0854/2013-L
Fecha: 14-Ago-2013
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, a través de su Sala Liquidadora Transitoria, en virtud de lo previsto en el art. 20.II de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 27 de octubre de 2011, cursante de fs. 96 a 97 vta., pronunciada por el Juez de Partido Mixto y Sentencia Penal de Ivirgarzama del Distrito Judicial -ahora departamento- de Cochabamba; y, en consecuencia DENEGAR la tutela impetrada, en los términos referidos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- conceda
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3. El principio de informalismo en el procedimiento administrativo
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR