Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0888/2013-L
Fecha: 16-Ago-2013
II.3.
II.3. La Jueza demandada, dentro del proceso de ejecución forzosa de acta de conciliación, mediante Auto de Vista 337/2010, revocó el Auto de 27 de abril de 2010 y dispuso que la autoridad inferior de cumplimiento a la sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, imponiéndole multa de Bs200.- (doscientos bolivianos) a ser descontados de su haber mensual (fs. 93 a 97 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y aclaración de la acción
- 1)
- i)
- “improcedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. El debido proceso y la motivación y fundamentación de las resoluciones
- III.3.
- III.4
- III.5. Análisis
- Fragmento 16
- CONFIRMAR