SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0916/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0916/2013-L

Fecha: 19-Ago-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

La Corte Departamental Electoral, en ejercicio de sus facultades conferidas por el art. 182 del Código Electoral (CE) y en virtud a las elecciones departamentales llevadas a cabo el 4 de abril de 2010, le otorgó la credencial de Asambleísta suplente por el departamento de Chuquisaca, siendo su titular Moisés Rosendo Torres Chivé, quien el 19 de septiembre de 2011, renunció a su condición de Asambleísta Departamental; por lo que, le correspondía asumir la titularidad en base a lo establecido en los arts. 149 de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización (LMAD), 192 y 194 la Ley del Régimen Electoral (LRE) y 6 del Reglamento General de la Asamblea Legislativa Departamental de Chuquisaca; sin embargo, las ahora demandadas restringieron ese su derecho ya que debieron solicitar su acreditación como titular ante el Tribunal Departamental Electoral de Chuquisaca pero no lo hicieron.

El 10 de octubre de 2011, envió a las demandadas notas con la intervención de un Notario de Fe Pública sin recibir respuesta alguna hasta la fecha, vulnerando su derecho a la petición; habiendo agotado la vía de reclamo en forma directa y presentando un memorial ante la Presidenta y Vocales del Tribunal Electoral Departamental, no quedando otra solución jurídica más que la constitucional.