SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0924/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0924/2013-L

Fecha: 26-Ago-2013

6 de octubre de 2011,

Bajo ese entendimiento es menester señalar que la demanda de amparo constitucional fue presentada el 6 de octubre de 2011, según el sello de cargo de fs. 102, siendo observada el 8 del mismo mes y año por Auto de fs. 104 y vta., subsanada la demanda el 13 de octubre de 2011, fue admitida por Auto de 19 de octubre de 2011, señalándose día y hora para la consideración de la presente acción tutelar para el 25 de octubre de 2011, efectuándose la audiencia en la que supuestamente hubo disidencia entre los componentes del Tribunal de garantías, no obstante de la lectura de cada uno de los votos, del Tribunal, como del vocal dirimidor concluyeron en denegar la tutela por subsidiariedad, dictándose la Resolución 964/2011 de 28 de octubre, según se desprende de fs. 237 a 240 vta.; a veintidós días de presentada la demanda de amparo constitucional, de lo que se concluye que el presente proceso ha sido objeto de dilación en su tramitación desvirtuando la naturaleza jurídica del amparo constitucional, por cuanto además de incumplirse los plazos establecidos por la norma, se ha soslayado que toda parte accionante necesita la protección inmediata de sus derechos supuestamente vulnerados y no puede estar sujeta a señalamientos inciertos e imprecisos, ni al negligente trabajo tanto del Tribunal de garantías como del personal subalterno.