SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0960/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0960/2013-L

Fecha: 27-Ago-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El accionante fue aprehendido el 15 de diciembre de 2010, por Rolando Soliz Plata, representante del Ministerio Público de la localidad de Pucarani, que emitió la Resolución de imputación formal 001/10 de la misma fecha, que consignó el nombre correcto de Jorge Ricardo Sánchez Vivas; puesto en conocimiento del Juez de Instrucción Mixto de Pucarani provincia Los Andes del Distrito Judicial -ahora departamento- de La Paz, éste determinó su detención preventiva en el penal “San Pedro” de La Paz. Al ingresar al referido Centro Penitenciario se registró, por error, el apellido materno Vivas como “Viva”; es decir, sin la letra “s”.

Luego, el Ministerio Público emitió requerimiento en conclusiones solicitando la aplicación de procedimiento abreviado, que provocó el pronunciamiento de la sentencia que declaró al accionante autor del delito de robo agravado, imponiéndole una pena privativa de libertad de tres años; en ejecución de fallos, éste pidió el beneficio de suspensión condicional de la pena, que fue resuelta mediante Resolución 82/2011 de 22 de diciembre, que la declaró procedente, habiéndose impuesto las condiciones de arraigo y de no cambiar de domicilio en el plazo de tres años; asimismo, expidió el respectivo mandamiento de libertad, que fue presentado al funcionario encargado del penal “San Pedro”; sin embargo, la autoridad demandada no dio cumplimiento a la misma argumentando que el accionante, a tiempo de ingresar al recinto penitenciario, fue registrado como Jorge Ricardo Sánchez “Viva”, sin “s”, mientras que en el mandamiento de libertad constaba Vivas, sugiriendo su rectificación por el Juez que libró el mencionado mandamiento.