Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0960/2013-L
Fecha: 27-Ago-2013
I.2.3. Intervención del Ministerio Público
El representante del Ministerio Público sostuvo que al existir un mandamiento de libertad que fue dispuesto por una autoridad competente; y, hallarse un error simplemente administrativo en el Penal “San Pedro”, se está ingresando a una detención indebida, por lo que previa verificación de la documentación idónea, dictaminó por la procedencia de la acción de libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- El art. 39 de la LEPS, establece que cumplida la condena, concedida la libertad condicional o cuando cese la detención preventiva, el interno será liberado en el día sin necesidad de trámite alguno
- III.3. Análisis del caso concreto
- se encuentra haciendo lista para su remisión
- CONFIRMAR