SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1035/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1035/2013-L

Fecha: 28-Ago-2013

II.4.

II.4. Carta notariada de 27 de junio de 2011, dirigida a Fausto Conde Chambi, Presidente de la ASCOFOVIC, que envió la Directiva de la Fraternidad Morenada Folklórica “Señor de Mayo”, la cual refiere “En Defensa de Nuestros Derechos, los Principios y Valores que Rigen la Vida en Nuestro Estado, Pedimos se dé Cumplimiento a los Fundamentos de la Presente Carta Notariada” (sic.), solicitando: 1) Se convoque a una asamblea general, a efectos de que se ratifique la decisión de la magna asamblea del 28 de abril en cuanto se refiere a su reconocimiento como fraternidad afiliada por más de cuatro años y se confirme el orden de entrada en la posición determinada en la precitada asamblea en la entrada de la Virgen del Carmen; y, 2) Ante la inminente posibilidad de que tengan que defender sus derechos en instancias de orden judicial, constitucional, en el plazo máximo de setenta y dos horas les provean de un ejemplar de la siguiente documentación: Fotocopias de la personería jurídica 072/2003, con la que ejerce representación ASCOFOVIC y su protocolo correspondiente, fotocopias legalizadas de los estatutos y reglamentos, que rigen la Asociación, fotocopia legalizada del acta de la asamblea convocada por la dirección de ASCOFOVIC de 28 de abril de 2011, el listado de los asistentes, la lista de asistencia a la asamblea de 23 de junio del mismo año, fotocopia legalizada del acta de asamblea efectuada por la directiva ASCOFOVIC, de 22 de junio del mencionado año y la Resolución de la fundación de su fraternidad (fs. 11 a 12).