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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1038/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1038/2013-L

    Fecha: 28-Ago-2013

    II.2.

    II.2.     José Armando Urioste Viera, Juez Tercero de Partido en lo Civil y Comercial -ahora demandado-, mediante Sentencia 214/2010 de 17 de septiembre, declaró probada la demanda coactiva civil, incoada contra los nombrados precedentemente y la accionante, debiendo llevarse adelante hasta hacerse efectiva la suma adeudada más intereses y costas (fs. 5 a 6).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.2.3. Intervención del tercero interesado
    • denegó
    • I.3. Consideraciones de sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  La acción de amparo constitucional
    • Fragmento 14
    • “La Acción de Amparo Constitucional no procederá cuando exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados de serlo”
    • III.2.  La acción de amparo constitucional y el principio de subsidiariedad
    • las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
    • III.3.
    • III.4
    • CONFIRMAR

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