Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1038/2013-L
Fecha: 28-Ago-2013
II.4.
II.4. Cursa Resolución 304/11 de 24 de septiembre de 2011, emitida por el Juez demandado, la cual estableció que la base del remate sería la valuación fiscal ya existente, y señaló audiencia de remate para el 21 de octubre de igual año, del inmueble ubicado en la calle Antonio Vaca Diez, cuya base fue fijada en la suma de Bs635 668,00.- (seiscientos treinta y cinco mil seiscientos sesenta y ocho 00/100 bolivianos) (fs. 30 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3. Consideraciones de sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional
- Fragmento 14
- “La Acción de Amparo Constitucional no procederá cuando exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados de serlo”
- III.2. La acción de amparo constitucional y el principio de subsidiariedad
- las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.3.
- III.4
- CONFIRMAR