Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1061/2013-L
Fecha: 29-Ago-2013
II.4.
II.4. Cursa el acta de verificación de 13 de julio de 2011, efectuada por la Notaria de Fe Pública, Soledad Barrientos vda. de Pinto, verificando que el terreno se encuentra invadido por un grupo de personas ajenas a la propiedad quienes levantaron viviendas con carpas y palos, advirtiendo la destrucción del alambrado que circunda el lote y que al acercarse fueron resistidos por los ocupantes armados de palos, piedras y machetes, debiendo retirarse por dicha circunstancia (fs. 7).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3. Medidas de hecho, definición y presupuesto de activación de la acción de amparo constitucional como medio eficaz de protección directa e inmediata
- es necesario precisar tres aspectos esenciales para la activación del control tutelar de constitucionalidad: 1) La flexibilización del principio de subsidiaridad; 2) La carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela; y, 3) Los presupuestos de la legitimación pasiva, su flexibilización excepcional y la flexibilización del principio de preclusión para personas que no fueron expresamente demandadas…'
- (…) Flexibilización del principio de subsidiariedad frente a vías de hecho
- (…) Respecto a la carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR