SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1061/2013-L
Fecha: 29-Ago-2013
II.6.
II.6. El testimonio de escritura pública 492/2011 de 11 de agosto, de protocolización de minuta aclarativa de corrección de apellido paterno del accionante y superficie de lote de terreno de propiedad municipal adjudicado, ubicado en Cotoca: zona sudeste, UV 06, Mz. 08, lote 01, con una extensión superficial de 1 404.49 m2 según título y mensura técnica, aclarando que al momento de adjudicar el lote de terreno contaba con una extensión de 1 951,37 m2 y debido a la asignación de vías y construcción de calle se redujo a la precitada superficie, con las siguientes colindancias: al Norte mide 80,02 m y colinda con NN; al Sur mide 58.69 m y colinda con la carretera a Santa Cruz; al Este en forma irregular mide 28,02 m, y colinda con la Radial 4 y al Oeste mide 23,50 mts y colinda con calle S/N, conforme al plano de ubicación y uso de suelo con Código Catastral 070102-006-008-001 y de acuerdo al Plano de la Alcaldía de Cotoca (fs. 16 a 17 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3. Medidas de hecho, definición y presupuesto de activación de la acción de amparo constitucional como medio eficaz de protección directa e inmediata
- es necesario precisar tres aspectos esenciales para la activación del control tutelar de constitucionalidad: 1) La flexibilización del principio de subsidiaridad; 2) La carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela; y, 3) Los presupuestos de la legitimación pasiva, su flexibilización excepcional y la flexibilización del principio de preclusión para personas que no fueron expresamente demandadas…'
- (…) Flexibilización del principio de subsidiariedad frente a vías de hecho
- (…) Respecto a la carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR