SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1087/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1087/2013-L

Fecha: 30-Ago-2013

concedió

La Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 07/2012 de 16 de enero, cursante de fs. 237 vta. a 240 vta., por la que concedió la tutela solicitada, disponiendo: 1) La nulidad de la Resolución de 5 de octubre de 2011; y, 2) Que la Sala Civil Primera, dicte nueva Resolución de acuerdo a la regla establecida en el art. 397 del Código de Procedimiento Civil (CPC) y 1289 del Código Civil (CC); bajo los siguientes fundamentos: i) La Resolución de 5 de octubre de 2011, hace referencia al valor que tuviese la factura para el tribunal, necesariamente tiene que confrontarse el valor que tiene el documento de crédito frente a la factura y así determinar si existe o no pago alguno; ii) Se ha identificado la carencia o falta de fundamentación en la resolución impugnada, en ese sentido se declaró la procedencia de la presente acción; y, iii) Respecto a la valoración de la legalidad ordinaria, esa es competencia de la jurisdicción ordinaria, en ese sentido, únicamente corresponde declarar la procedencia para que el tribunal demandado dicte nueva resolución.