SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1087/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1087/2013-L

Fecha: 30-Ago-2013

II.5.

II.5.     Interpuesto el recurso de apelación el 3 de septiembre de 2011, por la representante de la Empresa SAAT S.R.L., fue resuelto mediante Resolución 448 de 5 de octubre de 2011, por los Vocales Adhemar Fernández Ripalda y Edgar Molina Aponte, quienes revocaron la Sentencia de 22 de agosto del mismo año, manifestando que la nota fiscal o factura -en el presente caso- si bien cumple con lo que exige el art. 617 del Código Tributario, exigencia que debe ser cumplida sólo por quien la emite; empero, no es idónea para demostrar el pago de la obligación demandada, puesto que la misma debió emitirse sólo para efectos de fiscalización tributaria; de igual manera, se habría realizado una mala interpretación del art. 824 del Código de Comercio (CCom), ya que dicha norma sólo establece la obligación del vendedor de extender factura, independientemente del contrato de compra venta que pudiera existir  (fs. 137 a 140 vta. y 209 y vta.).