SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1087/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1087/2013-L

Fecha: 30-Ago-2013

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

René Eamara Salvatierra, abogado de la parte accionante -en audiencia- ratificó el tenor de su memorial y amplió indicando que el Auto de Vista 448, sin ninguna fundamentación ni motivación revocó la Sentencia de 22 de agosto del mismo año, argumentando que la nota fiscal o factura no es idónea; en el presente caso, debiendo demostrar el pago del importe de la venta de los productos mediante comprobante de caja. Asimismo, refiere que el accionante en los cuatro años que trabajó con la empresa, en ningún momento le entregó recibo de los “cuatro millones” (sic) que facturó, puesto que siempre pagó de esa manera.