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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1130/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1130/2013-L

    Fecha: 30-Ago-2013

    conceder

    En consecuencia, la situación planteada se encuentra dentro de las previsiones del art. 128 de la CPE; por lo que, el Tribunal de garantías, al conceder la tutela en el presente caso, efectuó una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y dio correcta aplicación al citado precepto constitucional.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • I.2.2. Informe de la autoridad demandada
    • concedió
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. De la acción de amparo constitucional y su naturaleza
    • III.2.Del debido proceso en su componente de fundamentación y motivación y congruencia
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • conceder
    • CONFIRMAR

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