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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1224/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1224/2013

    Fecha: 01-Ago-2013

    II.3.

    II.3.  El 12 de diciembre de 2012, el Administrador a.i. de la Aduana Nacional de Bolivia, de la Gerencia Regional de La Paz, mediante Auto Administrativo AN-GRLPZ-LAPLI-SPCCR-470/2012, dispuso la radicatoria del proceso administrativo dentro del caso denominado “ESTUFA” y la correspondiente notificación con el acta de intervención y el referido Auto al contraventor (fs. 7 a 8).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2.  El derecho fundamental de petición invocado por las accionantes
    • 'cuando la autoridad a quien se presenta una petición o solicitud, no la atiende; es decir, no la tramita y la responde en un tiempo oportuno o en el plazo previsto por Ley,
    • c) Habiéndose presentado la petición respetuosa, la autoridad no la responde dentro de un plazo razonable;
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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