Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1231/2013
Fecha: 01-Ago-2013
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La parte accionante ratificó y reiteró la acción de amparo constitucional presentada y la amplió señalando que de la revisión de los cuerpos procesales se extrae que la dilatación del proceso es atribuible a Juan Carlos Nemtala Ballón, en tanto se evidencia un mandamiento de aprehensión en su contra y la interposición de varias excepciones e incidentes formulados tanto por éste como por los demás acusados; lo cual libera de cualquier responsabilidad al órgano jurisdiccional, al Ministerio Público y a la parte querellante de la dilación del proceso.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- a)
- II.1.
- II.2.
- III.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 1)
- tendrá derecho a ser juzgada dentro un plazo razonable
- dentro de un plazo razonable
- el principio de plazo razonable y su concretización a través de la regla general que define la posibilidad de cancelar la responsabilidad punitiva mediante la extinción de la acción penal por vencimiento del plazo máximo de duración del proceso no admite excepción alguna en atención al art. 112 de la CPE, que únicamente alcanza y refiere a la imprescriptibilidad de la acción penal pero no a la extinción por máxima duración del proceso
- 1° CONFIRMAR
- 2°