SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1248/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1248/2013

Fecha: 01-Ago-2013

Fragmento 14

De la revisión de antecedentes que hacen a la denuncia efectuada por la accionante, se puede establecer que la misma reclamó ante la Jefatura Departamental del Trabajo del Beni restitución a su fuente laboral, imprimiendo el trámite establecido en la normativa desarrollada en los Fundamento Jurídico III.2 de la presente Resolución, amparada en el DS 0495 que complementa al DS 28699; derivando en el pronunciamiento el 12 de marzo de 2013, por parte de la Jefatura Departamental de Trabajo, de la Conminatoria de Reincorporación 013/2013 JDTEPS BENI, por la cual se ordenó a demandado, proceder con la restitución de la accionante a su fuente laboral, sea con sueldos devengados, desde el día de su despido hasta su efectiva restitución y demás derechos laborales en el plazo máximo de setenta y dos horas a partir de su legal notificación, actuado administrativo que hasta la interposición de la acción de amparo constitucional no fue cumplido.