SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1248/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1248/2013

Fecha: 01-Ago-2013

por cuanto dentro de las características inherentes a los actos administrativos, se encuentran tanto la presunción de legitimidad como la ejecutividad, entendida ésta última como la obligatoriedad, que hace a la exigibilidad y el deber de cumplimiento del acto a partir de su notificación, actuado que genera fuerza jurídica, y convicción pública respecto a la eficacia del acto y sobretodo suscita el deber de su acatamiento

Los argumentos expuestos en los fundamentos jurídicos de la presente resolución, justifican la necesidad de la concesión inmediata de la tutela solicitada, por cuanto las autoridades del SEDES, evidentemente vulneraron los derechos invocados por la accionante, toda vez que no dieron cumplimiento a la Conminatoria de Reincorporación 013/2013 JDTEPS BENI, emitida por la Jefatura Departamental de Trabajo de Beni, sin que se haya objetado el contenido de la misma, por cuanto dentro de las características inherentes a los actos administrativos, se encuentran tanto la presunción de legitimidad como la ejecutividad, entendida ésta última como la obligatoriedad, que hace a la exigibilidad y el deber de cumplimiento del acto a partir de su notificación, actuado que genera fuerza jurídica, y convicción pública respecto a la eficacia del acto y sobretodo suscita el deber de su acatamiento.

Se reitera que la autoridad demandada, podía en los términos desarrollados en la presente Sentencia, impugnar si así lo veía por conveniente, la Conminatoria emanada de la Jefatura Departamental de Trabajo de Beni y no desobedecer las instrucciones contenidas en un acto administrativo, pronunciado por autoridad competente.