SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1248/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1248/2013

Fecha: 01-Ago-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Indica que, el 18 de enero de 2013 fue notificada con el Memorándum SEDES RRHH-014/2013, emitido por el entonces Director del SEDES, César Alfonzo Lijerón Suárez, mediante el cual se procedió “arbitraria e ilegalmente” a su desvinculación, en base al Informe Legal de 16 de igual mes y año emanado del departamento jurídico de la propia entidad, que detalla supuestas faltas de conducta y en función al art. 25 del Reglamento Interno de Personal de dicha institución, procediendo a su exoneración sin proceso administrativo, amparados en votos resolutivos del Comité de Salud, Organizaciones e Instituciones Sociales Vivas de la Población de Puente San Pablo.

Señala que, si alguna vez no asistió a su fuente de trabajo es porque padece de diabetes mellitus, por lo cual, ante su despido presentó denuncia a Jefatura Departamental de Trabajo de Beni, instancia estatal que emitió la Conminatoria de Reincorporación 013/2013, disponiendo su restitución a su ítem con el mismo nivel salarial, orden que no fue cumplida hasta la interposición de la presente acción de amparo constitucional, por cuanto dicha omisión acude a la jurisdicción constitucional, no existe medio alguno de defensa para la protección inmediata de sus derechos.