SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1286/2013
Fecha: 02-Ago-2013
c)
c) En cuanto al peligro de obstaculización, se sustenta en que la sindicada destruya, modifique, oculte, suprima y/o falsifique elementos de prueba conforme ella misma refirió ante el Tribunal, conocer el domicilio del ciudadano denominado “Daniel” quien sería el proveedor o facilitador de la sustancia controlada para su comercialización; por lo que, en libertad, la imputada podría influir negativamente sobre los partícipes, testigos o peritos, teniendo en cuenta que el delito implica la participación de varias personas. Argumentos que tampoco fueron desvirtuados por nuevos elementos de convicción, ya que la relación de visitas que identifica a su esposo e hijo como únicos visitantes no desvirtúa la existencia de una tercera persona involucrada como presunta proveedora de sustancia controlada, a quien aún no se lo sometió al proceso ni se lo identificó plenamente; y,
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.La acción de libertad y el debido proceso
- i)
- III.2. Motivación de resoluciones
- III.3. Motivación de resoluciones que imponen medidas cautelares y las que resuelven su apelación
- III.4.Análisis del caso concreto
- b)
- c)
- d)
- III.5. Consideración final