SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1286/2013
Fecha: 02-Ago-2013
denegó
Mediante Resolución de 19 de abril de 2013, cursante de fs. 13 a 15 vta., el Juez Cuarto de Sentencia Penal del departamento de Cochabamba, denegó la acción de libertad,con los siguientes fundamentos: 1) La accionante no acompañó prueba que sustente su pretensión, asimismo en la réplica el abogado de la defensa no hizo mención a prueba alguna como al cuadernillo de investigaciones ni realizo Falta de la individualización de elementos o medios probatorios que hace inviable el petitorio; y, 2) En la presente acción de libertad la actora solicita que las resoluciones sean debidamente fundamentadas en derecho, conforme a la jurisprudencia constitucional, sin que hubiere adjuntado la misma, a lo que se suma que el Juez de garantías no tuvo acceso a internet y al sistema para verificar y justificar de alguna manera la pretensión.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.La acción de libertad y el debido proceso
- i)
- III.2. Motivación de resoluciones
- III.3. Motivación de resoluciones que imponen medidas cautelares y las que resuelven su apelación
- III.4.Análisis del caso concreto
- b)
- c)
- d)
- III.5. Consideración final