SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1296/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1296/2013

Fecha: 07-Ago-2013

II.4.

II.4.  Por acta de audiencia de apelación de medidas cautelares y posterior Auto de Vista 33/2013 de 16 de abril, cursante de fs. 167 a 171, los Vocales de la Sala Penal Segunda, en suplencia legal de sus similares de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Tarija, declararon “con lugar” a la apelación interpuesta por la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, revocando la Resolución del a quo, disponiendo la detención preventiva de la imputada -accionante- en el penal de “Morros Blancos”, bajo el siguiente fundamento: Existe peligro procesal de conformidad con el art. 234.10 del CPP, siendo la imputada un peligro efectivo para la sociedad o la víctima, conforme el art. 15 de la Constitución Política del Estado (CPE), que prohíbe la esclavitud o servidumbre , así como la trata y tráfico de personas, concordante con el art. 60 de la misma Norma Suprema, que establece la primacía del interés del niño, niña o adolescente, debiendo tomarse en cuenta que la accionante “llevó al niño por el monte, por un sendero lugar, no habilitado para el tránsito habitual de personas” (sic.), aspecto que denota que la imputada conocía las circunstancias del caso, aspecto que no fue valorado por el juez a quo.