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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1324/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1324/2013

    Fecha: 14-Ago-2013

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • 3)
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • Fragmento 11
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • a la indebida privación de libertad, y que en la doctrina reciben el nombre de hábeas corpus reparador y, en su caso, de hábeas corpus traslativo o de pronto despacho.
    • III.2.
    • en
    • en la etapa preparatoria del proceso penal es el juez cautelar quien debe conocer las supuestas lesiones a derechos y garantías
    • antes de existir imputación formal, cometen arbitrariedades relacionadas al derecho a la libertad física o de locomoción, las cuales deben ser denunciadas ante el juez cautelar de turno, si aún no existe aviso del inicio de la investigación, o ante el juez cautelar a cargo de la investigación cuando ya se dio cumplimiento a dicha formalidad
    • III.3.  La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
    • toda demora en su tramitación puede ser denunciada a través de la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
    • III.4.  De complementariedad de los principios de la justicia plural en la tramitación de solicitudes vinculadas al derecho a la libertad
    • Fragmento 21
    • le corresponde resolver al juez, en caso de ser incompetente, la situación de la persona aprehendida luego de haber sido informado del inicio de una investigación, o sea que en conocimiento de una aprehensión puede optar por una medida cautelar, no obstante de la incompetencia que podría tener por razón de territorio, para después declinar y remitir la causa a juez competente, manteniéndose la validez de sus actos…”
    • Fragmento 23
    • III.6.  Análisis del caso concreto
    • sin resolver la situación jurídica del imputado
    • denegado

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