SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1324/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1324/2013

Fecha: 14-Ago-2013

III.3.  La acción de libertad traslativa o de pronto despacho

La jurisprudencia constitucional contenida en la SC 0044/2010-R de 20 de abril, partiendo de lo desarrollado por la SC 1579/2004-R de 1 de octubre, efectuó la clasificación doctrinal del hábeas corpus, comprendiendo en dicha clasificación, al hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, a través del cual, “…lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad” (SC 0044/2010-R).

Dentro del ámbito de protección de la acción de libertad traslativa o de pronto despacho, se encuentran aquellos actos dilatorios en los trámites de consideración, cesación o modificación de la detención preventiva y, en ese sentido, se pronunció la jurisprudencia constitucional contenida en las SSCC 0078/2010-R, 0384/2011-R, SCP 110/2012, entre muchas otras.