Sentencia Constitucional Plurinacional: 1340/2013 de 15 de agosto
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia Constitucional Plurinacional: 1340/2013 de 15 de agosto

Fecha: 15-Ago-2013

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA

Determinado el objeto y causa de la presente acción, se tiene que la accionante considera que se vulneró sus derechos al debido proceso y a la defensa, toda vez que el recurso de apelación incidental que interpuso contra el Auto interlocutorio 225/2012, pronunciada por el Juez Primero de Instrucción en lo Penal y Cautelar, por el cual dispuso rechazar el incidente de actividad procesal defectuosa; la Sala Penal y Administrativa confirmó la resolución de rechazo; en ese sentido la accionante alega que dentro la etapa investigativa no se tomó su declaración informativa, sobre los supuestos delitos por los cuales se le imputó, como establece el art. 92 y siguientes del CPP, dejándola en indefensión, en su apelación incidental denunció la existencia de defectos absolutos por no habérsele tomado su declaración informativa, pero los demandados establecieron que son defectos relativos que deben ser subsanados por el Ministerio Público.