SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1384/2013
Fecha: 16-Ago-2013
Fragmento 17
En la problemática en revisión, el representante denuncia que fueron vulnerados los derechos al debido proceso y a la libertad física o de locomoción de la accionante, por cuanto, el Juez Segundo de Sentencia Penal demandado mediante Auto de 19 de abril de 2013, dejó sin efecto la Resolución emitida el 5 del citado mes y año, por la que le fue otorgada la prescripción de la ejecución de la pena y la extinción de la pena y su Complementario de 10 del mismo mes y año, utilizando la figura jurídica de la corrección -art. 168 del CPP-, ocasionando que a la fecha de interposición de la presente acción de libertad los mandamientos de condena se encuentren vigentes y que puedan ser ejecutados.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la finalidad y los alcances de la acción de libertad
- No obstante, la naturaleza de esta acción tutelar, al constituirse en un mecanismo de protección contra las lesiones al derecho a la libertad, y medio eficaz e inmediato reparador de ese derecho; empero la existencia de esta garantía constitucional, no implica que todas las lesiones al derecho a la libertad tengan que ser necesariamente reparadas de manera exclusiva y excluyente a través del hábeas corpus, actualmente acción de libertad; pues no se trata de una garantía que tenga la vocación de reparar, en exclusiva, todas las formas de lesión a la libertad que pudieran invocarse, sino la de dotar a la persona de un medio de defensa sencillo, eficaz y oportuno, para restablecer la lesión sufrida
- III.2. La acción de libertad y el debido proceso
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso , no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional, dado que mediante ésta no es posible analizar actos o decisiones demandados como ilegales que no guarden vinculación con los derechos citados
- para que la garantía de la libertad personal o de locomoción pueda ejercerse mediante el recurso de hábeas corpus cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos:
- Fragmento 17
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR