SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1384/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1384/2013

Fecha: 16-Ago-2013

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El representante, denuncia la vulneración del debido proceso en su componente al derecho a la defensa de la accionante, por cuanto, el Juez demandado, unilateralmente y sin otorgarle la oportunidad de ser escuchada, bajo el justificativo de un lapsus cálami involuntario, dejó sin efecto mediante Auto Interlocutorio de 19 de abril de 2013, la Resolución de 5 de abril y su Complementaria de 10 de similar mes y año, por la cual le había otorgado la prescripción de la ejecución de la pena y la extinción de la pena, utilizando la figura de la corrección -art. 168 del CPP- colocando cargas y restricciones en materia penal, cuando no correspondía, al introducir en su interpretación que la suspensión de los mandamientos de condena interrumpía el cómputo de la prescripción de la ejecución de la pena; acciones que inciden directamente en su derecho a la libertad física o de locomoción. En consecuencia, en revisión corresponde establecer si los hechos denunciados son evidentes, a objeto de conceder o denegar la tutela solicitada.