SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1403/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1403/2013

Fecha: 16-Ago-2013

a)

El accionante a través de su abogado ratificó la acción de amparo constitucional presentada y la amplió señalando: a) Otras personas fueron convocadas a cursar estudios de post grado en la gestión 2013, en forma condicional y en calidad de observados; empero, no así su persona; b) Manifestó su compromiso de aprovechar sus estudios; c) La sanción disciplinaria que se le impuso fue suspendida en razón a que fue convocado el 2008, a un curso en su condición de Mayor para optar por Teniente Coronel; es decir, ese año se produjo una amnistía, un implícito perdón, por lo mismo, precluyó la facultad del Tribunal Administrativo para sancionar al accionante después de cuatro o cinco años posterior de un hecho que ya fue perdonado a través de la Convocatoria del 2008; d) Citó la SC 0106/2013 de 23 de enero, en un caso similar; y, e) Afirmó que la sanción administrativa impuesta el 2007, ya prescribió, por lo que no puede pretender imponérsele la gestión 2013, negándole acceder al curso de estudios de post grado de ese año.