Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1403/2013
Fecha: 16-Ago-2013
II.3.2.
II.3.2. Por RA 014/2008 de 26 de marzo (fs. 14 a 15 y 172 a 173) la Comisión de Apelación a la Convocatoria a Cursos de post grado de la UNIPOL, resolvió revocar la Resolución de la Comisión de Calificación, disponiendo la convocatoria al Curso de “Administración y Estado Mayor” de la UNIPOL “Mcal. Antonio José de Sucre” del accionante y, en consecuencia, dio curso a la convocatoria del accionante para la gestión 2008; con el argumento de que realizada la recalificación de puntaje, el Departamento Nacional de Evaluación y Capacitación Profesional, emitió el extracto con 588.25 puntos, SUFICIENTE PARA SER CONVOCADO AL CURSO IMPETRADO.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- cuando dicha Resolución (0478/07) no fue tomada en cuenta para el curso de post grado en la gestión 2008.
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.1.1.
- II.1.2.
- II.2.
- II.3.
- II.3.2.
- II.3.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional: Reglas y subreglas
- REVOCAR