Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1446/2013
Fecha: 19-Ago-2013
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y acusación formal de COSETT Ltda. contra los ahora accionantes y otros, por la presunta comisión de los delitos de estafa agravada, asociación delictuosa y falsificación de documento privado, los coprocesados Juan Carlos Tapia Benavidez, Renán Alberto Castillo Méndez, Cliber Giovanni Calderón Pérez y Miguel Ángel Amas Veliz, por memorial de 28 de febrero de 2013, presentado ante el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal, formularon recusación contra la precitada autoridad (fs. 45 a 46), resuelto por el Juez de la causa, quien emitió un informe no allanándose a la recusación (fs. 48 y 106).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho y garantía supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y sus elementos
- III.1.1. Con relación al deber de motivación en las resoluciones
- Fragmento 13
- III.1.2. Principio de congruencia
- III.2. Trámite de la recusación en el marco del debido proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- denegado
- POR TANTO