SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1449/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1449/2013

Fecha: 19-Ago-2013

concedió en parte

La Sala de Civil Segunda del Tribunal del Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 27/13 de 25 de abril de 2013, cursante de fs. 209 a 2012 concedió en parte la tutela, disponiendo: La nulidad del procedimiento técnico administrativo hasta que el subalcalde de zona Sur-Distrito 5, se pronuncie en forma expresa y fundamentada sobre la solicitud de declinatoria de competencia; bajo los siguientes fundamentos: a) El derecho propietario sobre bienes inmuebles corresponde ser dilucidado en la vía ordinaria; b) Se indica la lesión a los derechos al debido proceso, a ser oído y a la defensa, derechos que comprenden tener una resolución fundada en derechos que defina los petitorios realizados y que los mismos sean oportunos; es decir, dentro de término de ley o en un plazo razonable; c) Al haberse impugnado la competencia de las autoridades se debió resolver éstas de manera inmediata al incidir sobre la competencia de las autoridades que resolverían el proceso, no obstante al no merecer respuesta alguna, más al contrario en la RA macrodistrital 279/2012, sin dar una respuesta efectiva, dispone la sanción; d) La declinatoria fue respondida pero recién el 3 de septiembre de 2012, y sin ninguna fundamentación se declara la declinatoria de manera extemporánea, e) Si bien en el recurso jerárquico el Alcalde demandado hace referencia a la solicitud; empero, tampoco se pronunció sobre el fondo del mismo, lo que no sólo lesionó el derecho a la defensa sino también a la tutela judicial efectiva; y, f) Se evidencia la lesión al derecho a la petición para dar lugar al derecho a impugnar las resoluciones.