Si bien la Magistrada que suscribe el presente voto disidente está de acuerdo con la argumentación realizada en la SCP 1365/2013 en cuanto a la cosa juzgada constitucional, por haber declarado el Tribunal Constitucional Plurinacional con anterioridad
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Si bien la Magistrada que suscribe el presente voto disidente está de acuerdo con la argumentación realizada en la SCP 1365/2013 en cuanto a la cosa juzgada constitucional, por haber declarado el Tribunal Constitucional Plurinacional con anterioridad

Fecha: 16-Ago-2013

que la definición de cuestiones constitucionales a ser sustanciadas por cada medio específico de defensa de la Constitución, implican una decisión definitiva para analizar cuestiones adicionales directamente vinculadas con el resultado del ejercicio de control de constitucionalidad que específicamente debe ser activado para el análisis de una “cuestión condicionante”, de cuya definición dependerá el resultado de cuestiones  directamente vinculadas o interdependientes”

En el marco de lo señalado, en el proyecto mencionado, se estableció también: “…que la definición de cuestiones constitucionales a ser sustanciadas por cada medio específico de defensa de la Constitución, implican una decisión definitiva para analizar cuestiones adicionales directamente vinculadas con el resultado del ejercicio de control de constitucionalidad que específicamente debe ser activado para el análisis de una “cuestión condicionante”, de cuya definición dependerá el resultado de cuestiones  directamente vinculadas o interdependientes” (las negrillas son nuestras).