AUTO CONSTITUCIONAL 0212/2013-
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0212/2013-

Fecha: 25-Sep-2013

I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción

Por memorial presentado el 8 de agosto de 2013, cursante de fs. 2 a 7, el accionante refiere que dentro del proceso penal seguido en su contra por                 el Ministerio Público, solicitó someterse al procedimiento abreviado ante el Fiscal de Materia a cargo de la División de Transito - Diprove, quien el 26 de noviembre     de 2012, remitió el cuaderno de investigación ante el órgano jurisdiccional con el respectivo requerimiento conclusivo, y en audiencia el Juez ahora demandado por Auto Interlocutorio 229/2013 de 6 de marzo, declaró improcedente el procedimiento abreviado fundamentando, que el accionante se abstuvo de declarar, por lo que no existe reconocimiento de culpabilidad, tampoco la evidencia de participación en el hecho; siendo que con anterioridad esta autoridad jurisdiccional le advirtió que estaba en todo su derecho de declarar o abstenerse de hacerlo; constituyéndose, este en un derecho reconocido en la Ley Fundamental.