AUTO CONSTITUCIONAL 0212/2013-
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0212/2013-

Fecha: 25-Sep-2013

improcedente

La Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 61/2013 de 9 de agosto, cursante de fs. 9 a 10 vta., declaró improcedentein limine” la acción de amparo constitucional fundamentando que, el hoy accionante tenía la potestad de interponer el recurso que le franquea la ley ante la resolución que conculcó su derecho constitucional, de acuerdo a lo establecido en los                       arts. 180.II y 410 de la CPE, a través de la presente acción pretende suplir esta omisión, lo que determina que no es posible ingresar a considerar el fondo del asunto, al concurrir la causal de improcedencia prevista en los arts. 53.3 y 54 del Código Procesal Constitucional (CPCo).