Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0217/2013-RCA
Fecha: 30-Sep-2013
I.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela ordenando la restitución de sus derechos y garantías lesionados, dejando sin efecto las Resoluciones 281 de 17 de octubre de 2012 y de 6 de junio de 2013, emitidas por el Consejo de la Magistratura debiendo ser restituida en sus funciones de Notaria de Fe Pública de Sucre; asimismo, se condene con costas, daños y perjuicios.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2.
- I.3. Petitorio
- improcedencia
- Fragmento 6
- cualquier acto o acción que el titular del derecho fundamental realice ante la autoridad o particular que supuestamente lesionó el mismo, como también ante otra instancia, dejando advertir o establecer claramente que acepta o consiente de manera voluntaria y expresa la amenaza, restricción o supresión a sus derechos y garantías fundamentales
- II.3. Análisis de la Resolución elevada en revisión
- principio de inmediatez
- II.3.1. Cumplimiento de los requisitos de admisión (art. 33 del CPCo)