Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1585/2013
Fecha: 18-Sep-2013
2º
2º Se insta a los Vocales que conformaron el Tribunal de garantías a tener mayor cuidado en la motivación y en la apreciación de las circunstancias atingentes a cada caso concreto, debiendo llevar y resolver las acciones constitucionales sometidas a su conocimiento en observancia a la fundamentación necesaria que hace al debido proceso en el marco de las acciones constitucionales.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Carácter excepcionalmente subsidiario de la acción de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- 1º REVOCAR
- 2º