Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1585/2013
Fecha: 18-Sep-2013
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
La Jueza de Instrucción Mixta de Caranavi del departamento de La Paz, por informe presentado el 13 de mayo de 2013, cursante de fs. 213 a 214, realizó una síntesis del proceso penal de donde emerge la presente acción, indicando que no es evidente que se hubiera lesionado el derecho al debido proceso, la accionante interpuso todos los recursos que le franquea la ley; asimismo, no se agotó todas las vías, ya que se encuentra un recurso de apelación pendiente, por lo que solicita se declare la improcedencia de la presente acción.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Carácter excepcionalmente subsidiario de la acción de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- 1º REVOCAR
- 2º