SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1585/2013
Fecha: 18-Sep-2013
concedió
La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 34/2013 de 10 de mayo, corriente de fs. 62 a 63 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo la libertad inmediata del accionante, debiendo al efecto emitirse el respectivo mandamiento de libertad; asimismo, “…deja sin efecto la Resolución de aplicación de medidas cautelares…” (sic), con los siguientes argumentos: 1) La audiencia de acción de libertad se desarrolla en rebeldía de las autoridades demandadas, por lo que en aplicación de la SC 0038/2011-R de 7 de febrero, se presume la veracidad de los hechos denunciados; 2) Las autoridades demandadas incurrieron en todos los actos violatorios del derecho a la libertad; y, 3) Sobre la naturaleza subsidiaria observada por los terceros interesados, se tiene que al haberse presentado certificado médico, y que bajo un principio de buena fe, se establece que el accionante se encuentra afectado en su salud y eventualmente harían peligrar su vida, motivo por el que no es necesario que se agote el recurso de apelación.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Carácter excepcionalmente subsidiario de la acción de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- 1º REVOCAR
- 2º