AUTO CONSTITUCIONAL 0025/2014-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0025/2014-RCA

Fecha: 28-Ene-2014

Resolución del incidente de actividad procesal defectuosa, el interesado aún tiene el recurso de apelación; si es formulado y declarado improbado durante la tramitación del juicio oral, se reservará el derecho de hacer valer ante una eventual apelación restringida, caso contrario, si es probado procederá en la vía incidental; y si es interpuesto en la etapa preparatoria, también será objeto de apelación en la vía incidental

De ello se infiere que contra la Resolución del incidente de actividad procesal defectuosa, el interesado aún tiene el recurso de apelación; si es formulado y declarado improbado durante la tramitación del juicio oral, se reservará el derecho de hacer valer ante una eventual apelación restringida, caso contrario, si es probado procederá en la vía incidental; y si es interpuesto en la etapa preparatoria, también será objeto de apelación en la vía incidental(las negrillas son nuestras).